Al segundo semestre de este año más de 143.000 adultos mayores recibieron una exención o rebaja de sus contribuciones, lo que equivale a otorgar beneficios por más de $12.004 millones de pesos. Comparado con el mismo período del año 2019, antes de la ley de modernización tributaria, se quintuplicó el número de adultos mayores beneficiados (al segundo semestre de 2019 eran 28.196 las personas beneficiadas).
Este beneficio se debe a la ley N° 21.210 de Modernización Tributaria, que permitió rebajar o eximir totalmente del pago de contribuciones a la tercera edad.
De acuerdo a cifras entregadas por el Ministerio de Hacienda, del total de adultos mayores que recibieron el beneficio, 103.743 estuvieron exentos en un 100% del pago del impuesto que grava los bienes raíces y 40.030 obtuvieron una rebaja del 50%. En promedio, el ahorro generado equivale a 83.000 pesos por persona.
La ley N° 21.210 sobre Modernización Tributaria estableció diversas medidas de apoyo en favor de los adultos mayores en consideración a su especial situación de vulnerabilidad. Entre estas medidas está la exención del pago de contribuciones de los inmuebles propiedad de adultos mayores que se ubiquen en el tramo exento de Impuesto Global Complementario (IGC), esto es, que reciban rentas hasta 13,5 Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a una renta mensual de $688.892).
Asimismo, se establece la rebaja de un 50% de contribuciones de los inmuebles propiedad de adultos mayores que se ubiquen en el segundo tramo del IGC, esto es, que reciban rentas entre 13,5 y hasta 30 UTA (equivalente a una renta mensual de $1.530.870). Para estos cálculos, se usó el valor de la UTA a diciembre del 2020; equivalente a $612.348.
Tanto en la exención del 100% como en el descuento del 50%, el avalúo fiscal del inmueble donde vive el adulto mayor no puede superar los $133 millones al 1° de enero de 2020 y el conjunto de bienes raíces de su propiedad no puede exceder de $178 millones a la misma fecha. Ambos beneficios se aplican en forma automática por parte del SII y, en caso contrario, deben solicitarlo a través de www.sii.cl.
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