La nueva legislación que fue aprobada con las modificaciones ingresadas por el Presidente Sebastián Piñera al inicio de su gestión, y que se enmarca en los compromisos establecidos en el gran Acuerdo Nacional por la Seguridad, tiene como objetico fortalecer la fiscalización, aumentar los requisitos para la adquisición y tenencia de armas de fuego, y dotar de un control más fuerte y efectivo a quienes las tengan, garantizando así una tenencia responsable.
La nueva normativa, aprobada por el Congreso luego de 14 años, incorpora una serie de modificaciones que hacen más estricta la legislación en materia de posesión, tráfico y utilización de armas de fuego. Dentro de los cambios está la inclusión expresa de las armas adaptadas, de fogueo o juguete y de silenciadores como elementos prohibidos. Su uso, tráfico y venta está totalmente regulado y debe ser debidamente registrado.
Al respecto el Delegado Presidencial Regional, César Asenjo, dijo que “Como Gobierno desde el primer día de nuestra administración, nos comprometimos con la lucha contra la delincuencia, y hemos avanzado de manera muy significativa en esto, logrando importantes resultados en lo que hemos denominado la triada armas-drogas-bandas criminales, con el decomiso a nivel nacional de más 68 millones de drogas, más de 4 mil armas de fuego han sido incautadas, y además
desbarataron a cerca de mil agrupaciones criminales. En Los Ríos en tanto, se logró desarticular solo por parte de Carabineros, 9 bandas delictuales, aumentar la incautación de drogas en un 284% con 114,6 kilos decomisados en el 2021; y además incautar 143 armas, de ellas 76 armas cortas y 67 armas largas” sostuvo Asenjo.
La autoridad agregó que “es clave que para eliminar las armas, drogas y violencia todos seamos proactivos realizando las denuncias de delitos de manera oportuna para que nuestras policías actúen de manera eficiente y eficaz en una tarea permanente frente a la cual no podemos bajar los brazos” finalizó la autoridad.
MODIFICACIONES
La nueva ley establece un análisis de trazabilidad para conocer el efecto del disparo de los proyectiles cuando se inscriba por primera vez un arma en la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), institución encargada de supervigilar y coordinar el control de armas y explosivos, registro que deberá estar disponible para las policías, permitiendo hacer un mejor
seguimiento al armamento y reforzar el trabajo investigativo ante eventuales delitos, incorporando además a la PDI como un organismo fiscalizador. Actualmente lo hacían Carabineros y la DGMN.
Además, se anotarán los nombres de quienes adquieran o realicen transferencias de armas, así como si se realiza una internación de armas desde el extranjero. Se deberá informar el fabricante y los intermediarios de la compra. Dentro de los cambios está la inclusión expresa de las armas adaptadas, de fogueo o juguete y de silenciadores como elementos prohibidos. Su uso, tráfico y venta está totalmente regulado y debe ser debidamente registrado.
La normativa también fija límites para la tenencia de armas. Las personas jurídicas autorizadas sólo podrán inscribir hasta dos armas por cada miembro o funcionario, no pudiendo exceder de un total de 20. Mientras que los coleccionistas podrán tener 10 armas de colección aptas para el disparo y 50 si están inutilizadas. En tanto, a los cazadores y deportistas se les fija un máximo de 6 armas.
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