Política

Berger propone bajar de tres a un año el tiempo que deben esperar los matrimonios separados para solicitar divorcio unilateralmente

Por Prensa Los Ríos / 17 de abril de 2020
El legislador sostiene que el actual plazo “dificulta el proceso de disolución del vínculo en cuanto mantiene una tensión en una relación afectiva entre cónyuges que ha terminado”.
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El diputado de Renovación Nacional Bernardo Berger presentó esta semana un proyecto de ley con el fin de acortar de tres a un año el tiempo que deben esperar aquellos matrimonios que se separan de hecho para pedir el divorcio de manera unilateral.

La iniciativa busca agregar un inciso en el artículo 55 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil, el que señala que “estando resueltas en un acuerdo todas las materias señaladas en el artículo 21º, se podrá requerir al juez para que decrete el divorcio cuando la parte recurrente haya acreditado el cese efectivo de convivencia por un año”.

Asimismo, solicita que se agregue un numeral al artículo 1764º del Código Civil, que establece una nueva causal para la disolución de la sociedad conyugal, que es “acreditar un cese efectivo de la convivencia por el periodo de un año”.

Cabe destacar que en Chile, de acuerdo con el Informe anual de Justicia publicado por el INE (2018), el total de causas ingresadas relativas a divorcio asciende a 63.752. Del total mencionado, el 72,8 % culminó a través de una sentencia judicial.

Mientras que del total de causas ingresadas por divorcio, tan solo el 3,6% tuvo como motivación una falta imputable al otro cónyuge. Se infiere de ello que en los demás casos se busca disolver el vínculo matrimonial, ya sea unilateral o de mutuo acuerdo, en virtud del libre albedrío de los sujetos en cuestión.

Para el legislador RN por la Región de Los Ríos, el actual plazo de tres años “dificulta el proceso de disolución del vínculo en cuanto mantiene una tensión innecesaria en una relación afectiva entre cónyuges que ha terminado”.

Por último, Berger recordó que lo anterior “redunda negativamente en los hijos cuando los hay, debido a la prolongación artificial del clima de conflicto parental, que es lo que buscamos evitar cuando están todos los demás aspectos de la relación que termina, resueltos”.

El actual plazo de tres años, cuando es unilateral,  dificulta el proceso de disolución del vínculo, en cuanto mantiene una tensión innecesaria en una relación afectiva entre cónyuges que ha terminado. Ello redunda negativamente en los hijos cuando los hay, debido a la prolongación artificial del clima de conflicto… eso es lo que buscamos evitar cuando están todos los demás aspectos de la relación que termina, resueltos”, señaló

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